INDICE

  1. Definición, objeto y finalidad del Código Ético.
  2. Ámbito de aplicación y destinatarios.
  3. Conocimiento, aceptación y cumplimiento.
  4. Principios generales de conducta y valores éticos de Insersa.
    1. Principios generales de conducta.
    2. Empleados.
    3. Clientes.
    4. Proveedores y empresas colaboradoras.
    5. Accionistas.
    6. Entorno social.
    7. Canal de denuncias.
  5. Política de Protección de Datos.
  6. Cumplimiento del Código Ético, control y régimen disciplinario.
  7. Publicidad, actualización y disponibilidad del Código Ético.

1-Definición, objeto y finalidad del Código ético.

El Código ético recoge los principios, criterios y normas de conducta por la que se deben regir todos los administradores, directivos y empleados de Insersa en el desarrollo de sus actividades profesionales, constituyendo, en consecuencia, un pilar básico del programa de cumplimiento y Manual de Prevención de Riesgos de las referidas empresas y que promueve y refleja una cultura corporativa positiva.

La finalidad de este Código es fijar los principios, recomendaciones y valores que deben presidir la actuación de Insersa y de todos sus administradores, directivos, empleados y colaboradores con el fin de procurar un comportamiento profesional ético y responsable en el desempeño profesional de su actividad, a la vez que recoge el compromiso de Insersa  con los principios de ética empresarial y de transparencia.

El Código ético tiene carácter vinculante y contiene disposiciones que deben hacerlo efectivo, como lo son el canal de denuncia y la atribución e imputación de responsabilidades. El carácter vinculante conlleva obligaciones, por lo que las infracciones del código ético y de las políticas que lo desarrollen serán objeto de las sanciones que correspondan, incluyendo sanciones disciplinarias.

El presente Código Ético se basa en valores, su objetivo es mejorar la reputación de Insersa, y su finalidad otorgar unidad y coherencia al sistema de autorregulación de éstas y fortalecer en los empleados el sentido de pertenencia a las referidas empresas, señalando además a terceros esta cultura corporativa.

Su aplicación contribuirá a que los resultados obtenidos por el desempeño profesional de los empleados, directivos, administradores y colaboradores de Insersa sean coherentes con la legislación vigente, con principios éticos y de responsabilidad social, así como con la imagen de eficiencia y competitividad que Insersa quiere proyectar. De esta forma, la actuación conforme a los principios contenidos en este Código es la mejor y mayor garantía del compromiso con la creación de valor para las comunidades en las que Insersa desarrolla sus actividades, así como para sus accionistas.

El Código tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas y sirve de base para evitar comportamientos irregulares e indebidos que puedan determinar la responsabilidad penal de Insersa. El presente Código Ético refleja además el principio de diligencia debida aplicado por Insersa para la prevención, erradicación de las irregularidades relacionadas con incumplimientos tanto del Código y de las normas internas como de aquellas que hacen referencia a ilícitos penales.

Esta diligencia se concreta en los procedimientos implantados por el Insersa a través del Manual de Prevención de Riesgos Penales para el control de forma regular de los riesgos referentes a las materias contempladas en este Código por el Comité de Cumplimiento, la difusión y conocimiento del mismo, la definición de responsabilidades, así como la notificación confidencial de irregularidades mediante el canal de denuncias y su resolución.

Se ha de señalar que los criterios de conducta recogidos en este Código no pretenden contemplar la totalidad de situaciones o circunstancias con las que los empleados, directivos, administradores y colaboradores de Insersa se pueden encontrar, sino establecer unas pautas generales de conducta que les orienten en su forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional.

2.- Ámbito de aplicación y destinatarios.

El presente Código Ético resulta de aplicación a Insersa, vinculando a todo su personal al margen de la posición o funciones que puedan realizar. Así, vinculará en su actividad diaria a empleados, directivos y administradores, tanto en sus relaciones con otros empleados, directivos y administradores, como con clientes, proveedores y colaboradores, instituciones públicas y privadas, accionistas, de forma que se contribuya a una gestión ética responsable en el desarrollo de sus actividades.

Se hace hincapié en que aquellos empleados, directivos o administradores de Insersa que en el desempeño de sus funciones gestionen o dirijan equipos de personas, deberán velar porque los profesionales que están directamente a su cargo conozcan y cumplan el Código Ético y liderar con el ejemplo, convirtiéndose en referentes de conducta.

También estarán vinculados, cuando presten servicios para Insersa, los asesores externos, trabajadores autónomos y empleados temporales.

El presente código vincula a Insersa respecto de los trabajadores, habida cuenta que las afirmaciones que se realizan en el mismo crean expectativas legítimas de comportamiento que deben pasar a formar parte de las obligaciones del empleador y del trabajador conforme a la buena fe laboral.

Insersa promoverán e incentivarán entre sus proveedores, clientes y colaboradores la adopción de pautas de comportamiento similares y coherentes con las que se definen en este Código, y, podrá solicitarles, en su caso, que formalicen su compromiso con el cumplimiento del Código y con las pautas que el mismo establece.

El presente código ético tiene validez tanto en España como en el extranjero, siempre teniendo en cuenta las diferencias culturales, lingüísticas, sociales y económicas de los diferentes países en los que Insersa pueda desarrollar su actividad.

3.- Conocimiento, aceptación y cumplimiento.

El Código ético es de obligado cumplimiento para todos los empleados, directivos, administradores y colaboradores de Insersa y para aquellos terceros que se hayan comprometido voluntariamente a cumplirlo.

El Código Ético será dado a conocer a todos los integrantes de Insersa, que estarán obligados a acudir a las sesiones formativas que al efecto se programen.

Los administradores y directivos de Insersa participarán en los programas de formación, compartiendo jornadas con los empleados, o interviniendo en ellas como forma de mostrar la importancia del cumplimiento normativo. Asimismo, pondrá todos los medios necesarios para difundir los valores y principios de Insersa y hacer cumplir las pautas de conducta contenidas en el Código. Serán modelo de referencia en su comportamiento y nivel de cumplimiento del Código.

El Código deberá ser aceptado de forma expresa por todos los destinatarios, que deberán comprometerse a su cumplimiento de forma expresa, de forma que los principios y valores que lo integran rijan su conducta profesional.

Cada uno de los integrantes de Insersa confirmará que ha tenido acceso a este código, que lo acepta y que comprende lo que implica. A tal efecto se mantendrá un registro de las conformidades de los destinatarios.

Ningún integrante de Insersa, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un trabajador que contravenga lo establecido en este Código Ético, y nadie podrá justificar su conducta amparándose en una orden de un superior o en el desconocimiento del presente Código.

Para los nuevos trabajadores, los contenidos del código ético pueden integrarse en el contrato de trabajo mediante tres formas:

  1. A través del convenio colectivo
  2. Como parte del poder de dirección del Insersa como empleador.
  3. A través del contrato de trabajo individual.

El código ético forma parte del poder de dirección de Insersa como empleadores, por lo que su contenido se integra, efectivamente, dentro de las obligaciones que ha de cumplir el trabajador como consecuencia de su trabajo. De este modo, además de las obligaciones que expresamente se contienen en el contrato de trabajo, comprende también aquellas que se derivan del principio general de buena fe.

4.- Principios generales de conducta y valores éticos de Insersa

Los principios y valores éticos de Insersa constituyen la base sobre la que se asienta la actividad de éstas y están principalmente orientados:

  • A la implicación de los accionistas.
  • A la calidad y la excelencia en el servicio para obtener la fidelidad de los clientes.
  • A la reputación y prestigio que se debe transmitir a los proveedores y colaboradores.
  • Al fomento y protección de los trabajadores.
  • Al cumplimiento de la más estricta legalidad frente a los organismos públicos.
  • Al respeto con la comunidad y el entorno.
  • A la transparencia de las actividades de Insersa.

4.1.- Principios generales de conducta:

4.1.1.- Conducta profesional íntegra, ética, honrada y de buena fe.

El desempeño profesional de los empleados, directivos, administradores y colaboradores de Insersa deberá estar regido por la profesionalidad de forma que su actuación sea diligente, responsable y enfocada a la calidad y la excelencia.

Asimismo, deberán mantener una conducta íntegra, es decir, leal, de buena fe y alineada con los intereses de Insersa y sus principios y valores que se reflejan en este Código Ético.

La actuación y la toma de decisiones de cualquier empleado, directivo, administrador o colaborador de Insersa, deben ser éticas, legales y deseables para todas ellas, y debe estar dispuesto a asumir las responsabilidades que se deriven de la misma.

Del mismo modo los empleados, directivos, administradores o colaboradores de Insersa deben evitar cualquier conducta que aún sin violar la Ley, pueda perjudicar la reputación de las Sociedades que lo integran ante la comunidad afectando de manera negativa a sus intereses.

4.1.2.- Cumplimiento de la legalidad.

Los trabajadores, directivos, administradores y colaboradores de Insersa cumplirán de forma estricta con la legalidad vigente en el lugar donde desarrollen su actividad, y observarán las previsiones de este Código Ético, y en general los procedimientos básicos que rigen la actividad de Insersa y los usos y buenas prácticas de la comunidad donde desarrollen sus actividades. Para ello recibirán la adecuada formación e información que les permita llevar a cabo ese cumplimiento Ningún empleado, directivo, administrador o colaborador favorecerá de forma intencionada la violación de ninguna ley por parte de terceros, ni participará en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad.

Del mismo modo respetarán íntegramente las obligaciones y compromisos asumidos por Insersa en sus relaciones contractuales con terceros.

Igualmente, Insersa se compromete a cumplir e integrar como normativa interna lo dispuesto en acuerdos y convenios, nacionales o internacionales que, por la actividad que desarrolla le puedan vincular.

Todos los empleados de Insersa deben cumplir las leyes vigentes en los países donde desarrollan su actividad, atendiendo al espíritu y finalidad de las mismas, y observando en todas sus actuaciones un comportamiento ético.

4.1.3.- Derechos humanos y laborales y valores éticos.

Insersa manifiesta su compromiso con los valores éticos, derechos humanos y derechos laborales reconocidos en la legislación nacional e internacional. En particular se compromete a respetar la libertad de asociación y negociación colectiva.

4.1.4.- Seguridad y salud en el trabajo.

Insersa impulsa la adopción de políticas de seguridad y salud en el trabajo y adopta las medidas preventivas establecidas en la legislación vigente. Asimismo, impulsa e incentiva la aplicación de sus normas y políticas de seguridad y salud en el trabajo por parte de las empresas colaboradoras y proveedores con los que opera.

Para Insersa la seguridad es una responsabilidad individual y una condición de empleo por lo que no permite comportamientos inseguros que puedan provocar daños a personas o instalaciones.

4.1.5.-Protección del medio ambiente.

Insersa desarrolla su actividad respetando el medio ambiente, conforme a lo establecido en la normativa medioambiental que le es de aplicación y reduciendo al máximo el impacto de sus actividades sobre el mismo, asumiendo como pautas de comportamiento minimizar los residuos y conservar los recursos naturales. Consecuentemente con ello tiene definida una política e implantado un sistema de gestión medioambiental, que debe ser conocido y asumido por todos sus empleados, directivos, administradores y colaboradores que actuarán en todo momento de acuerdo con criterios de respeto, sostenibilidad y buenas prácticas medioambientales.

4.1.6.- Transparencia e imparcialidad en la toma de cualquier tipo de decisión de Insersa

 

4.2.-Empleados:

Los empleados de la empresa son su mayor activo y así serán considerados.

4.2.1.- No discriminación e igualdad de oportunidades.

Insersa promueve la no discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, edad, sexo o cualquier otra condición personal, física o social de sus profesionales, así como la igualdad de oportunidades entre ellos y el fomento de una cultura corporativa basada en el mérito. En particular se promueve la igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación, a la promoción de profesionales y a las condiciones de trabajo.

Asimismo, Insersa rechaza cualquier manifestación de violencia, acoso físico, sexual, psicológico, moral, de abuso de autoridad en el trabajo y cualquier otra conducta que genere un entorno intimidatorio y ofensivo para los derechos personales de sus profesionales.

4.2.2.- Desarrollo Profesional.

La selección y promoción de los empleados de Insersa se fundamenta en las competencias y el desempeño de las funciones profesionales, y en los criterios de mérito y capacidad definidos para cada puesto de trabajo.

Todos los empleados de Insersa deben participar de manera activa en los planes de formación que se ponen a su disposición, implicándose en su propio desarrollo y comprometiéndose a mantener actualizados sus conocimientos y competencias necesarias, con el fin de propiciar su progreso profesional y aportar valor a los clientes, accionistas y a Insersa en general.

Los empleados que ejerzan cargos de dirección deben actuar como facilitadores del desarrollo profesional de sus colaboradores, de forma que propicie su crecimiento profesional en Insersa.

El trabajo en equipo y la colaboración se configura como un instrumento de oportunidad y crecimiento personal y profesional.

4.2.3.- Seguridad y Salud en el trabajo.

Todos los empleados de Insersa deben conocer y cumplir las normas de protección de seguridad y salud en el trabajo y velar por la seguridad propia, de otros empleados, clientes, proveedores, colaboradores y en general de todas las personas que pudieran verse afectadas por el desarrollo de sus actividades

Por su parte Insersa dota a sus empleados de los recursos y conocimientos necesarios para que puedan desarrollar sus funciones con seguridad y en un entorno saludable.

Se buscará siempre un clima positivo de trabajo.

4.2.4.- Uso y protección de los activos de Insersa

Insersa pone a disposición de sus empleados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional, y se compromete a facilitar los medios para la protección y salvaguarda de los mismos.

Los empleados se comprometen a hacer un uso responsable, eficiente y apropiado de dichos recursos y de los medios puestos a su disposición, realizando con aquellos exclusivamente actividades profesionales en interés de Insersa. Asimismo, deben protegerlos y preservarlos de cualquier uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de Insersa .

Insersa es titular de la propiedad y de los derechos de uso y explotación de los programas y sistemas informáticos, equipos, manuales, proyectos, estudios, informes y demás derechos creados, desarrollados, perfeccionados o utilizados por sus profesionales en el marco de su actividad laboral o con base en las facilidades informáticas de Insersa.

Insersa no permite el uso de los equipos que pone a disposición de sus empleados para utilizar programas o aplicaciones informáticas cuya utilización sea ilegal, que puedan dañar su imagen o para acceder, descargar o distribuir contenidos ilegales u ofensivos.

4.2.5.- Tratamiento de la información y del conocimiento.

Insersa considera la información y el conocimiento como uno de sus activos principales para la gestión empresarial por lo que son objeto de una especial protección.

Siendo la veracidad de la información un principio básico en Insersa, los empleados del mismo deben transmitir de forma veraz toda la información que tengan que comunicar, así como asegurarse que cualquier información que introduzcan en los sistemas informáticos de Insersa es rigurosa y fiable.

En particular todas las transacciones económicas de Insersa deberán ser reflejadas con claridad y precisión en los registros correspondientes, así como todas las operaciones realizadas y todos los ingresos y gastos incurridos.

Los empleados de Insersa deben guardar la más estricta confidencialidad sobre toda aquella información reservada a la que accedan como consecuencia del desempeño de su actividad profesional.

4.2.6.- Conciliación de la vida familiar con la actividad laboral.

Insersa respeta la vida personal y familiar de sus profesionales y promoverá los programas y medidas de conciliación necesarias que faciliten el mejor equilibrio entre ésta y sus responsabilidades laborales.

4.2.7.- Derecho a la intimidad.

Insersa respeta el derecho a la intimidad de sus empleados, en todas sus manifestaciones y en especial en lo que se refiere a datos de carácter personal, médicos y económicos. En ningún caso serán tratados los datos de carácter personal de los empleados para fines distintos a los legal o contractualmente previstos.

El Comité de Cumplimiento y demás órganos correspondientes cumplirán con los requerimientos previstos en la legislación de protección de datos de carácter personal respecto de las comunicaciones que les remitan los empleados con arreglo a lo dispuesto en el presente Código Ético.

Insersa respeta las comunicaciones personales de sus profesionales a través de Internet y demás medios de comunicación.

4.2.8.- Corrupción y soborno. Política de regalos, comisiones o retribuciones de terceros

Los empleados de Insersa no podrán, directamente o por persona interpuesta, ofrecer o conceder ni solicitar o aceptar ventajas o beneficios no justificados que tengan por objeto obtener un beneficio presente o futuro para Insersa, para sí mismos o para un tercero. En particular, no podrán dar ni recibir cualquier forma de soborno o comisión por cualquier persona o entidad como funcionarios públicos, españoles o extranjeros, personal de otras empresas, partidos políticos, autoridades, clientes, proveedores y accionistas.

Tampoco se podrá recibir, a título personal, dinero de clientes, ni siquiera en forma de préstamo o anticipo, todo ello con independencia de los préstamos o créditos concedidos a los profesionales de Insersa por entidades financieras que sean clientes o proveedores de Insersa  que no estén incursas en las actividades anteriormente expresadas.

Se prohíbe por lo tanto la solicitud y la aceptación de todo tipo de pago, regalos o comisiones en relación con la actividad profesional y que proceda de clientes, intermediarios, proveedores o terceros; excepcionalmente la entrega y aceptación de regalos y obsequios estarán permitidas cuando concurran simultáneamente las circunstancias siguientes:

  1. Sean de valor económico irrelevante o simbólico.
  2. Respondan a signos de cortesía o atenciones comerciales usuales.
  3. No estén prohibidas por la ley o las prácticas comerciales generalmente aceptadas.

Ante cualquier duda en este sentido se consultará al Comité de cumplimiento.

4.2.9.- Pagos irregulares y blanqueo de capitales.

Insersa cuenta con políticas para prevenir y evitar en el transcurso de sus operaciones la realización de pagos irregulares o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas.

Dichas políticas establecen controles específicos sobre aquellas transacciones económicas, tanto cobros como pagos, de naturaleza o importe inusual realizadas en efectivo o con cheques al portador, así como sobre todos aquellos pagos realizados a entidades con cuentas bancarias abiertas en paraísos fiscales.

Los empleados de Insersa permanecerán alerta frente a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que Insersa s mantiene relaciones.

4.2.10.- Imagen y reputación corporativa.

Insersa considera su imagen y reputación corporativa como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de sus accionistas, clientes, empleados, proveedores, autoridades y de la sociedad en general.

Todos los empleados deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de Insersa en todas sus actividades profesionales.

 Insersa no financian a los partidos políticos ni a sus representantes o candidatos en aquellos lugares en los que realiza sus actividades. La vinculación o colaboración de los empleados con partidos políticos se realizará a título personal y será totalmente ajena a las actividades de Insersa.

4.2.11.- Conflicto de intereses.

Los empleados de Insersa evitarán las situaciones que supongan un conflicto de sus intereses personales con los de la empresa. Se considerará que existe un conflicto de intereses en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de manera directa o indirecta, el interés personal del empleado y el interés de Insersa. Existirá interés personal del empleado cuando el asunto afecte a él o a una persona a él vinculada.

Las decisiones profesionales de los empleados deberán estar basadas en la mejor defensa de los intereses de Insersa, de forma que no están influenciadas por relaciones personales o de familia o por cualesquiera otros intereses particulares de los empleados de Insersa

4.3 Clientes.

Insersa impulsa el compromiso de calidad en todas las actividades que desarrolla, como base de su crecimiento, facilitando a sus empleados, directivos y administradores los recursos necesarios para alcanzar la excelencia. Asimismo, compite en el mercado de forma leal, no admitiendo conductas engañosas o fraudulentas que lleven a Insersa a la obtención de ventajas indebidas

Todos los empleados, directivos y administradores de Insersa deben actuar de forma íntegra, honesta y responsable con los clientes, teniendo como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad, la excelencia en la prestación de los servicios y el desarrollo a largo plazo de relaciones basadas en la confianza y el respeto mutuo. La información o asesoramiento que se proporcione a los clientes será suficiente, veraz, oportuna y adecuada.

Insersa potencian la innovación y la eficiencia de los procesos con el fin de dar mejor servicio a los clientes e impulsar su crecimiento.

4.4. Proveedores y empresas colaboradoras.

Insersa considera a sus proveedores y empresas colaboradoras parte indispensable para la consecución de sus objetivos de calidad de servicio, estableciendo con ellos relaciones de confianza y beneficio mutuo.

Los empleados, directivos y administradores de Insersa que participen en la selección de proveedores y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios transparentes.

Insersa ofrecen a sus contratistas, proveedores, y colaboradores externos la posibilidad de dirigirse de forma confidencial, al Comité de Cumplimiento, cuando entiendan que las prácticas de los empleados de Insersa no son conformes con lo que establece este Código.

Se extremará la diligencia en la protección de la información confidencial de los proveedores y éstos deberán comprometerse a respetar los derechos humanos y laborales en sus propias empresas.

4.5.-Accionistas.

El propósito de Insersa es la creación continua y de forma sostenida de valor para sus accionistas y pondrá de forma permanente a su disposición de aquellos canales de comunicación y consulta que les permita disponer de información veraz, adecuada, útil y completa sobre la evolución de Insersa. De igual manera Insersa asegura la participación de sus accionistas en las decisiones que les corresponden.

4.6.- Entorno social.

Insersa contribuye al desarrollo de las comunidades con su actividad empresarial y su estrategia de responsabilidad social.

 

4.7 Canal de denuncias.

Insersa dispone de un canal de denuncias con el fin de fomentar el cumplimiento de la legalidad y las normas de conducta establecidas en este Código Ético. El canal de denuncias es un canal transparente para comunicar conductas que puedan suponer la comisión de alguna irregularidad, un acto contrario a la legalidad o a las normas de actuación de este Código Ético. En todo caso se garantizará el anonimato de las denuncias.

5.- Política de protección de datos

Insersa cumple con la legislación vigente en materia de protección de datos, respetando el derecho a la intimidad y protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, empleados, directivos, administradores, proveedores, colaboradores externos u otras personas.

La confidencialidad y la diligencia en el uso de los datos presidirán las actuaciones de Insersa. Este principio deberá ser respetado incluso cuando haya concluido la relación con Insersa .

6.- Cumplimiento de código, control y régimen disciplinario

El Comité de cumplimiento es el órgano encargado de velar por el cumplimiento y la difusión de este Código entre todo el personal vinculado con Insersa. Este órgano se encarga de recibir las comunicaciones relativas a denuncias de incumplimiento de este Código o consultas sobre su interpretación.

Este órgano podrá actuar por iniciativa propia o a instancias de cualquier destinatario del Código y sus decisiones serán vinculantes.

El incumplimiento de Código podrá conllevar, en su caso, consecuencias laborales, al margen de las consecuencias administrativas o penales que pueda implicar.

7.- Publicidad, actualización y disponibilidad del Código Ético.

Este Código Ético entra en vigor en la fecha de su aprobación por el Consejo de Administración de Ingeniería de Suelos y Explotación de Recursos S.A., con fecha 21 de marzo de 2.018, y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación.

Este Código se revisará anualmente y se modificará siempre que se produzcan cambios relevantes y cuando el Comité de cumplimiento detecte la necesitad o así lo constate tras la alerta manifestada por cualquier empleado, directivo o administrador de Insersa, teniéndose además en cuenta las sugerencias y propuestas de cualquiera de los empleados, directivos o administradores de Insersa.

Siempre que las circunstancias lo exijan se reevaluaran los riesgos de comisión de conductas delictivas, a los que se hace referencia en el Manual de Prevención de Riesgos Penales, actualizando, en su caso, el mapa de riesgos.

La aprobación definitiva de cada una de sus actualizaciones será realizada por el Consejo de Administración del Ingeniería de Suelos y Explotación de Recursos S.A.